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Cláusulas suelo Ibercaja-CAI

Dedicamos esta entrada a las cláusulas suelo de Ibercaja, entidad de referencia en Zaragoza y Aragón.

Realmente Ibercaja no las incluía en sus hipotecas, todas las que tiene las ha heredado de la Caja de Ahorros de la Inmaculada (CAI) , entidad a la que absorbió hace unos años.

Defino brevemente lo que es una cláusula Suelo, es un tipo mínimo que el banco incluye en el clausulado de sus préstamos hipotecarios, y que cuando entra en acción hace que el tipo de interés no baje de determinado porcentaje, si también incluye techo también determina un tipo máximo.

La cláusula suelo vista así no parece tener mayores complicaciones, sin embargo, se han declarado nulas por infinidad de sentencias ya que fueron incluidas en las hipotecas “sin previo aviso”, por lo tanto, la entidad bancaria estaba incluyendo un pacto que afectaba directamente al precio del préstamo sin haber informado suficientemente bien a los clientes.

Y es que para que una cláusula suelo quede válidamente incorporada al crédito debe superar dos controles, el de información y el de comprensibilidad.

El primero digamos que es lo básico, que al leer la cláusula la entiendas, que la letra sea grande, que el título se correponda con lo que dice la cláusula, que esté en el lugar que le corresponde dentro de la escritura, que se dieran los documentos que el banco está obligado a entregar al cliente…

El segundo es algo más complejo, implica que la entidad bancaria debió asegurarse de que el cliente comprendía que la cláusula suelo podía afectar a lo que estaba comprando, no olvidemos que un préstamo puede considerarse como una compra como otra cualquiera.

Para superar este segundo control no existe una lista de hechos concretos que la entidad bancaria tuviera que haber realizado para asegurarse de que el cliente tenía conocimiento de cómo podía afectarle el tipo mínimo, si bien, la jurisprudencia, el Tribunal Supremo principalmente, ha enumerado una serie de circunstancias que hay que tener en cuenta para analizar la validez de la cláusula, algunas son las que ya hemos citado en el apartado sobre control de incorporación, otras que pueden tenerse en cuenta es si se le mostraron al cliente estadísticas del Euríbor, si se le hicieron simulaciones sobre como podía comportarse el Euríbor, si se le ofrecieron alternativas en función de su perfil crediticio…

Sinceramente ni Ibercaja, ni en su momento CAI, creemos que estuvieran en disposición de superar todos los controles que les impone la suma de la normativa y de las creaciones jurisprudenciales.

Por lo tanto si tiene o cree tener cláusula suelo en su hipoteca, bien de la CAI o de cualquier otra entidad le recomendamos que inicie los trámites para lograr su declaración de nulidad.



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