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… Y porque me tardé para reclamar ¿No me van a pagar?

Mucha gente, quizás motivado al poco tiempo del cual se dispone en ciudades de gran movimiento, deja el reporte de sus siniestros de automóviles para “cuando pueda”.

Cabe destacar que en las condiciones generales de las pólizas de vehículos, se contemplan plazos razonables para la presentación de un reclamo.

En primera instancia, se determina que el asegurado dispone de cinco días hábiles para dar parte a la Aseguradora del Percance. Lo anterior cuenta con la posibilidad de hacerlo dentro de los siguientes quince días en caso de que por causas de “fuerza mayor” (enfermedades, problemas de carácter involuntario que impidan la asistencia al centro de inspección de la empresa de seguros) no se pueda iniciar el proceso de liquidación de siniestro.

¿Cómo saben los peritos si un choque fue ayer o hace un mes?

A veces resulta mucho más sencillo de lo que se piensa. Los ajustadores y peritos cuentan con recursos asombrosos para aproximarse con Bastante exactitud a la data de ocurrencia de un percance en particular.

Las huellas que deja una colisión tienden a “hablar mucho”, y según ciertos procesos de oxidación, etc, bien Pudiera decirles cualquier experto en el área del peritaje: “este choque es viejo”, y por tanto, extemporánea su reclamación.

En caso de que hayan intervenido autoridades de tránsito, la situación es aún más complicada, porque en los informes aparece la fecha exacta del inconveniente. Eso, en condiciones normales, es bastante difícil de alterar y hacerlo deliberadamente  acarrea un riesgo bastante alto de rechazo inmediato a su reclamación.

Existe una manera viable para evitar todo este enredo con las fechas. Si no es una queja muy grande en cuanto al daño, comuníquese con su Corredor de Seguros a efectos de que se materialice un “Aviso de Siniestro”. Esto evitará la extemporaneidad del reclamo y le dará de manera oficial un poco más de tiempo para que adapte su horario y pueda llevar la unidad afectada a la empresa para la inspección o a un  taller mecánico afiliado a la aseguradora para que el perito se traslade y revise el carro en el lugar mismo de la reparación.

Recuerde que las órdenes de reparación que se emiten, cuentan con vigencia de 30 días, en razón a la cambiante cotización de los repuestos y autopartes.

Cuide su seguro. No hay que solicitar favores innecesarios. Cumpla con los plazos para declarar los siniestros y suministre la documentación que le requiera la aseguradora para liquidar el percance y proceder a la emisión de su orden de reparación.

Si todo se hace según el proceso, nunca tendrá inconvenientes a la hora de recibir la cobertura de su póliza de vehículos.

Siempre, llame a su Corredor. El sabrá guiarle y ahorrarle pérdidas  de tiempo. No reclame sin asesoría, eso pudiera costarle más.




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