Get Even More Visitors To Your Blog, Upgrade To A Business Listing >>

Estado y desterritorialización de la Constitución

Durante el largo proceso de consolidación del Estado moderno la idea de Constitución pasa a ocupar progresivamente un lugar central tanto para el Derecho como para la Ciencia Política. Ese éxito viene siendo destacado constantemente, independientemente de la perspectiva que se adopte. Desde el punto de vista de las ideas políticas, la Constitución es considerada una escritura necesaria del poder; desde el punto de vista del Derecho, con la idea de supremacía constitucional, se hace posible comprender el Derecho como unidad sistemática dotada de un único punto de imputación; y una perspectiva conjunta, la novedad moderna de la Constitución deriva del hecho de actuar como nexo estructural entre derecho y política.

La importancia atribuida a la idea de Constitución como parte integrante de los modelos de organización de lo político y como factor de legitimación de los discursos sobre el poder no ocurrió sin que el vocablo Constitución sufriese un proceso de profunda transformación semántica: de instrumento de conservación de las fuerzas constitutivas de los estratos sociales (vinculado a la noción de “Constitución mixta” del Medioevo) a instrumento de transformación social de la comunidad política, revestido de una pretensión de normatividad.

En el ámbito de los estudios sobre la historia de las ideas políticas, este conjunto de transformaciones suele ser asociado a una categoría analítica, el constitucionalismo[2], a partir de la cual son seleccionados múltiples elementos y aspectos particulares de la experiencia política que permitieron reconstruir las tramas de las narraciones alrededor de las técnicas de limitación del ejercicio del poder, considerando la demarcación de un espacio de libertad de los ciudadanos que no se puede eliminar.

Aun cuando los discursos sobre la Constitución sean contemporáneos a la sedimentación de las bases institucionales del Estado Moderno, el surgimiento de la teoría constitucional con pretensiones de cientificidad y como disciplina que pretende tratar la Constitución como problema autónomo data del primer cuarto del siglo XX. Y, como tal, representa una respuesta al escenario de crisis experimentado por el ideal liberal de Estado y de derecho, llevado a efecto por el efervescente período de entreguerras del constitucionalismo de Weimar.

El objetivo de este artículo consiste en identificar un conjunto de elementos constitutivos del denominado modelo de “Estado territorial soberano” que sirvió de base para la consolidación del Estado moderno y, por consiguiente, de la propia teoría constitucional. La delimitación de estos elementos constitutivos permite la identificación de las bases institucionales sobre las cuales se erigió el Estado moderno y los elementos que componen la matriz operativa a partir de la cual se estructura desde entonces la forma de ordenación de lo político en la modernidad.

De esta manera, el modelo aquí identificado de “Estado territorial soberano” será tratado como principio organizativo y descompuesto en cuatro dimensiones distintas (autoridad, principio organizativo, fundamento de legitimidad y criterio para la construcción de identidades) que servirán de hilo conductor para la comprensión de las transformaciones experimentadas en el proceso de consolidación de ese modelo de organización de la comunidad política y de su influencia en el desarrollo del concepto de soberanía.

Al final se defiende la idea de que este esfuerzo de comprensión del papel estructurante que la asociación entre autoridad y territorio desempeñó en el proceso de institucionalización del Estado, brinda importantes claves de lectura para la comprensión de diferentes movimientos contemporáneos de desterritorialización de la autoridad (y por consiguiente del derecho y de la Constitución).

La existencia de esferas decisorias situadas fuera del Estado nacional que se imponen con fuerza vinculante a las autoridades estatales ha exigido un esfuerzo de redefinición del papel que le había sido atribuido a la Constitución. Si la Constitución siempre estuvo circunscrita a un determinado territorio, la desterritorialización de las instancias decisorias ha exigido una desterritorialización de la propia idea de Constitución.

Por ello no es posible sencillamente transferir la gramática constitucional para estos espacios regulatorios ubicados fuera del Estado a través de, por ejemplo, tentativas de (re)organizar el derecho internacional a partir de la “constitucionalización”, o de la promulgación de un Tratado Constitución para Europa. Es necesario, pues, resignificar la categoría moderna Constitución, y para eso se revela imprescindible establecer el vínculo moderno entre Constitución y territorio como principio de organización de lo político en la modernidad.

______________________________________________

Tomado de:

Pinto Bastos Junior, L. M. (2015). Territorialidad, soberanía y constitución: las bases institucionales del modelo de estado territorial soberano

Artículo completo en: http://www.ugr.es/~redce/REDCE23/articulos/06_BASTOS.htm




This post first appeared on Cuestiones De Derecho Y Ciencias Sociales, please read the originial post: here

Share the post

Estado y desterritorialización de la Constitución

×

Subscribe to Cuestiones De Derecho Y Ciencias Sociales

Get updates delivered right to your inbox!

Thank you for your subscription

×