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Descanso semanal en el camión Alemania: más vale callar si no quieres perder dinero.

Desde hace unos meses está prohibido en Alemania realizar el Descanso semanal de 45 horas en la cabina del conductor del camión. Entretanto ya se han producido los primeros controles, si bien la situación jurídica sigue siendo confusa.

Para empezar, no queda claro cómo se deben valorar los controles efectuados durante el tiempo de descanso. En un artículo de la revista Verkehrsrundschau de 2015, el portavoz para la prensa de la Oficina federal alemana de transporte de mercancías (BAG, por sus siglas en alemán) indica que un control supone una interrupción del tiempo descanso:

«Según el artículo 3 de la Directiva 2002/15/CE, los trámites administrativos de policía, aduanas, funcionarios de inmigración, se contemplarán a efectos legales como tiempo de trabajo», explica Horst Roitsch de la BAG. «Si un conductor es controlado durante su descanso por la autoridad competente, esto supone una interrupción de su tiempo de descanso.  Una vez interrumpido el descanso, no se puede reanudar, sino que debe empezar de cero para poder dar cumplimiento a los requisitos legalmente establecidos», afirma el portavoz para la prensa.

Hasta la fecha nadie ha encontrado una solución jurídicamente «hermética» que pudiera evitar esta situación. No obstante, algunos de los controladores y la policía de la BAG que hemos entrevistado no comparten estas apreciaciones. Según la revista neerlandesa Truck Star

https://truckstar.nl/drie-boetes-controleactie-cabinekamperen-aan-duitse-a3/

y el blog polaco 40ton.net

http://40ton.net/kary-45-godzinny-odpoczynek-kabinie-niemcy-sprawdzali-kierowcow-parkingu-przy-a3/

este domingo ya se produjeron los primeros controles y se aplicaron las primeras sanciones en el área de servicio de Medenbach (A3 en Wiesbaden).

En defensa de los policías federales cabe decir que se encontraban bajo una gran presión pública. Los partidarios de la prohibición exigen desde hace meses controles y asocian este tema con la falta de aparcamientos en las autopistas alemanas. De esta manera, se podría dar la «falsa» impresión de que el control consecuente y la aplicación de sanciones a quienes realizan sus descansos semanales en la cabina del conductor solucionan al mismo tiempo el problema de la escasez de aparcamientos en las autopistas alemanas. Los detractores, en cambio, reiteran la necesidad de una red de hoteles adecuados con aparcamientos seguros para camiones delante de la puerta.

La formulación poco precisa de la legislación ha dado lugar además a interpretaciones jurídicas diferentes sobre cuándo se puede demandar jurídicamente al conductor. Así, algunos consideran que solo se puede sancionar con solidez jurídica a los conductores que ya hayan tenido un Descanso Semanal reducido el fin de semana anterior.  Al resto no se les puede sancionar, puesto que el descanso en cuestión puede contabilizarse como descanso reducido, que se sigue pudiendo realizar dentro de la cabina del conductor. Según la Cámara de Comercio e Industria de Stuttgart, IHK, «un descanso semanal reducido también puede durar más de 45 horas; jurídicamente solo se exige que tenga una duración mínima de 24 horas ininterrumpidas».

Sin embargo,  los controladores de la BAG de Baden-Württemberg y Hessen que hemos entrevistado valoran la situación jurídica de una manera distinta:  Quienes superen las 45 horas no realizan un descanso semanal reducido, sino el descanso semanal normal. Si, durante un control se determina que el conductor ha realizado este descanso en la cabina, tanto el conductor como su superior estarán obligados a pagar las correspondientes sanciones. Desde el punto de vista jurídico, se mueven, por tanto, en arenas movedizas y por ello solo podemos aconsejar a todos los afectados que se dejen asesorar por un abogado antes de pagar la multa.

También preguntamos a los controladores qué consideración merece la interrupción del descanso durante el control. Y es que el conductor está obligado a colaborar durante un control. Los controladores con quienes hemos hablado han indicado que el control no supone una interrupción del tiempo de descanso, puesto que solo se trata de una conversación relajada. Pregunté entonces a uno de los funcionarios qué le parecería si durante su tiempo libre yo le preguntara en un bar por la normativa legal que regula los tiempos de conducción y descanso. Admitió que podría bien ser que no tuviera ganas de debatirlo en ese momento y que me hiciera esperar hasta que estuviera de servicio.

Obviamente, la policía y la BAG han de poder controlar a los camioneros también durante sus descansos. Hasta ahora casi siempre lo obviaban,  pero fundamentalmente por educación y consideración y no porque no estuviera permitido. Como compensación, todo conductor que sea objeto de control durante su tiempo libre tiene el derecho a registrar el tiempo de control desde su inicio como tiempo de trabajo. Es más, en nuestra opinión tiene el deber de hacerlo, habida cuenta de las manifestaciones realizadas por el portavoz de prensa de la BAG. Pero aun cuando no tuviera la obligación de hacerlo, siempre tiene el derecho a ello.  Y, en caso de control del tiempo de descanso, esta medida le puede ayudar además a ahorrarse mucho dinero. Un ejemplo:

2 camioneros han conducido un sábado a la 1 de la madrugada con sus dos camiones hasta una área de servicio de la autopista y han iniciado su descanso. A las 8 de la tarde del domingo, unos controladores les preguntan desde cuándo están allí aparcados y cuándo van a reanudar su trayecto. El conductor 1 dice la verdad y contesta que reanudará su conducción a las 10 de la noche. Esta respuesta le vale una multa de 500 euros y 1500 para su superior. El segundo conductor pregunta primero si el controlador lo quiere saber en su condición de agente de la policía o a título personal. Cuando el policía le explica correctamente que se trata de un control y que lo quiere saber en calidad de agente de la policía, el conductor 2 interrumpe la conversación indicándole que antes que nada debe fijar entonces su tacógrafo a tiempo de trabajo. Con ello, el conductor solo ha realizado un descanso de 43 horas. En nuestra opinión, ya no se le pueden exigir responsabilidades por haber realizado el descanso semanal normal de 45 horas en la cabina, puesto que no se han completado las 45 horas. En consecuencia, solo se puede sancionar con una multa por las dos horas que faltan, lo que le costaría 120 euros y solo en el caso de que el fin de semana anterior hubiera tenido un descanso reducido. En caso contrario, no deberá desembolsar ni un euro. En el supuesto de que por estas 43 horas en cabina se le sancionara a una multa de 500 euros y una de 1500 euros a su superior, merecería la pena que ambos acudieran a los tribunales.

Además, ningún conductor tiene obligación de informar sobre cómo ha pasado los descansos semanales anteriores. La carga de la prueba recae en la policía. Además: Si el conductor ha estado en otro país en las semanas anteriores, no se le impondrá ninguna multa aun cuando hubiera descansado varios días en su cabina. Ningún policía alemán puede sancionarle, puesto que solo tiene competencia para sancionarle por un incumplimiento de la normativa que se haya producido en Alemania.

Tampoco se podrán exigir responsabilidades a los conductores de, por ejemplo, Bielorrusia, Ucrania, Turquía, Macedonia, Serbia, Bosnia, Montenegro y Albania.  Pues cuando sus rutas transcurren por territorios transfronterizos, es de aplicación el ATER, acuerdo prácticamente análogo al Reglamento 561/2006 de la UE, a excepción de la prohibición de disfrutar los descansos semanales dentro de la cabina. En este contexto, el legislador alemán solo menciona el reglamento de la UE, olvidando aparentemente incluir los trayectos según el AETR.

En cualquier caso, cuatro conductores lituanos que fueron objeto del control anteriormente mencionado un domingo de septiembre en una área de servicio de la localidad Medenbach en Hessen no fueron sancionados. Estaban sentados junto a un semirremolque comiendo juntos. Los controladores de la BAG llegaron y les preguntaron a quién pertenecía qué vehículo. Respondieron «No comprender» y así siguieron. Los controladores de la BAG no pudieron conseguir más información y pidieron ayuda a la policía de la autopista, dado que tienen un puesto de guardia en esta área de servicio. Pero la policía estaba tan ocupada debido a varios accidentes que no pudieron ayudarles y los controladores de la BAG tuvieron que desistir de su objetivo.

Conclusión: Las diferentes interpretaciones legales de la prohibición de realizar el descanso semanal en el camión seguirán siendo objeto de debate hasta que los primeros afectados se opongan a la imposición de multas, acudan a los tribunales y lo lleven hasta la última instancia. A fin de cuentas, solo una resolución judicial de la máxima instancia puede aportar claridad y seguridad jurídica. Y, hasta entonces, durante los controles rige la máxima de: más vale callar si no quieres perder dinero.

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