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Sociedad Cooperativa. Definición, características y socios

Una sociedad cooperativa es un proyecto que está integrado por un grupo de personas que persiguen un mismo objetivo. Por este motivo, deciden unirse para hacer realidad la meta empresarial o de emprendimiento. Es una forma jurídica a través de la que realizan una actividad económica.

Conviene aclarar que el modelo de gestión de una Cooperativa es totalmente democrático. Eso significa que los socios se implican de manera proactiva en la toma de decisiones de la empresa y su voz se tiene en cuenta.

La forma jurídica mencionada protege el patrimonio personal de cada uno de los miembros. Ten en cuenta que los socios asumen una responsabilidad limitada que principalmente afecta a la inversión inicial. 

La cuantía requerida depende de cuál sea la cantidad mínima señalada en los estatutos de la cooperativa. Por tanto, es posible aclarar cualquier duda sobre la cuestión por medio de dicha fuente de información.

Sociedades de tipo cooperativo

La sociedad puede ser de dos tipos. ¿Cuál es la característica principal de una cooperativa de primer grado? Es una iniciativa que está integrada por un mínimo de tres miembros.

Además, las cooperativas de primer grado se clasifican en diferentes ámbitos de especialización, como puedes ver a continuación: trabajo asociado, consumidores y usuarios, agroalimentación, seguros, servicios, enseñanza, crédito, transporte, explotación comunitaria de la tierra, del mar y vivienda.

Las cooperativas de segundo grado, por su parte, están compuestas por un mínimo de dos cooperativas.

Condiciones que cumplen los socios de la cooperativa

Los miembros de la agrupación se unen de forma libre: deciden colaborar para conseguir objetivos comunes. Del mismo modo, disponen de la misma flexibilidad para abandonar el proyecto cuando lo deseen.

Es decir, asumen un compromiso inicial que puede llegar a su fin en el momento en el que decidan abandonar la agrupación. ¿Qué otros aspectos debes tener en cuenta en relación con este tema?

1. Creación de la escritura pública

El acuerdo alcanzado por los socios debe materializarse legalmente por medio de la presentación de una escritura pública. El proceso de inscripción de la información debe llevarse a cabo en el Registro de Sociedades Cooperativas. 

La dirección del domicilio social se sitúa allí donde el proyecto lleva a cabo la actividad principal. La ubicación debe estar en un punto que se encuentre en el territorio español.

¿Qué información debe reflejar la escritura pública que es determinante para que la empresa adquiera la forma jurídica? En primer lugar, recuerda que en el documento deben constar cuáles son los nombres y apellidos de los socios. Es decir, se debe identificar de manera individual a cada uno de los participantes.

Ten en cuenta que todos ellos ponen de manifiesto su disponibilidad para impulsar un proyecto de mutuo acuerdo. Además, deben especificarse cuáles son los estatutos que tienen ámbito de aplicación en la evolución de la cooperativa.

Es decir, hay que indicar qué reglas y principios se comprometen a cumplir los socios.

2. Redacción y aceptación de los estatutos

¿Qué tipo de cuestiones pueden clarificarse por medio del contenido expuesto en los estatutos? Por ejemplo, es habitual señalar cuál es el capital social mínimo. Del mismo modo, recuerda que el proyecto se gestiona de una forma totalmente democrática.

Por ello, se debe poner el acento en cuáles son los derechos que protegen a los socios. Y, también, en cuáles son las obligaciones que asumen libremente como miembros de la empresa.

Además, es posible especificar qué requisitos deben cumplirse para que se proceda a la formalización de la baja voluntaria de uno de los colaboradores. Por tanto, las bases del proyecto deben estar perfectamente detalladas desde el principio.

En consecuencia, sirven para clarificar el modo de proceder en diferentes situaciones que pueden producirse a lo largo del periodo de vida de la cooperativa.

Por medio de la redacción de los estatutos, los socios anticipan diferentes supuestos incluso antes de que se produzcan. Por ejemplo, puede hacerse constar la posibilidad de contar con la participación de socios colaboradores cuya función está alineada con el cumplimiento del objeto social.

Los perfiles de la cooperativa también pueden ampliarse con la participación de socios de trabajo que prestan sus servicios.

3. Elección del nombre de la sociedad de tipo cooperativo

El propio nombre de la entidad debe señalar que el proyecto es una sociedad cooperativa. Es decir, esta información está presente en la denominación de la iniciativa. El buen funcionamiento de una cooperativa depende, en gran medida, del trabajo en equipo realizado.

Recuerda que en un grupo de personas que comparten objetivos comunes también pueden producirse conflictos, diferencias y obstáculos. Por ello, las bases del proyecto deben quedar perfectamente clarificadas desde el principio.

4. Derechos y obligaciones de los socios

Los socios deben conocer cuáles son sus compromisos. Por ejemplo, asumen la responsabilidad de aceptar los acuerdos formalizados. 

Por otra parte, no deben transmitir a terceros información de valor sobre la cooperativa. Es decir, deben mantener el secreto respecto a aquellos datos que únicamente deben conocerse entre los socios.

Ten en cuenta que la comunicación de algunos datos puede afectar negativamente a los intereses de la agrupación. ¿Y qué derechos poseen los miembros de la entidad? 

En primer lugar, poseen la posibilidad de presentar su baja voluntaria y que esta sea aceptada. Por otra parte, pueden estar presentes en las actividades que se lleven a cabo en la cooperativa, ya que forman parte de la misma.

Los socios se implican directamente en el desarrollo de la actividad. Y, además, cumplen con los compromisos fiscales de la cooperativa como, por ejemplo, hacer el pago del Impuesto sobre Sociedades. 

El mantenimiento del orden está garantizado por medio de la disciplina social que está regulada por diferentes normas. Ten en cuenta que los socios cometen algún tipo de falta si caen en el incumplimiento de los principios expuestos.

Durante el periodo de vida de una cooperativa existen diferentes puntos de inflexión que producen cambios en el proyecto. Por ejemplo, la baja voluntaria de uno de los socios plantea unas consecuencias.

¿Qué ocurre en el momento en el que se formaliza la baja? El miembro que ha dejado de participar en el proyecto sigue teniendo una responsabilidad si se presentan deudas sociales. Dicha responsabilidad se extiende durante un periodo aproximado de cinco años a partir de la fecha en la que tomó la decisión de dejar la entidad.

¿Y cuál es la estructura interna de la cooperativa?

La organización del proyecto está respaldada por la intervención de los órganos competentes:

La asamblea pública

Los socios se reúnen para dialogar en la asamblea general. Es decir, en la asamblea se escucha la voz y la opinión de cada uno de los participantes. De hecho, los miembros presentan su voto de forma totalmente democrática. ¿Qué tipo de asuntos se tratan habitualmente en este contexto?

Por ejemplo, es posible profundizar en el contenido de los propios estatutos para proceder a la realización de alguna modificación reciente. Los participantes hacen un seguimiento detallado de la evolución de la actividad. 

Por ello, en la asamblea general se procede a aprobar la previsión de las cuentas anuales. Además, los responsables dialogan en torno a la política general que tiene aplicación directa en el proyecto.

El comité de recursos

Una cooperativa de primer grado también puede estar integrada por un comité de recursos. Es un órgano que debe cumplir con varias condiciones. En primer lugar, tiene que estar compuesto por un mínimo de tres miembros.

¿Y dónde se lleva a cabo el proceso de elección? La decisión final se toma en el marco de la Asamblea General. Recuerda que el proceso de elección es democrático y el voto es secreto.

El consejo rector

Otro de los órganos más relevantes de una cooperativa es el consejo rector. Este consejo tiene que llevar a cabo las tareas de gestión, representación y supervisión.

Existen tres perfiles que desempeñan funciones esenciales para que cumpla con su función principal: el presidente, el vicepresidente y el secretario. Sin embargo, es recomendable que los socios de una cooperativa consulten información de forma individualizada para constituir el proyecto según sus características.

Ten en cuenta que existen posibles excepciones a la norma. Por ejemplo, el puesto de vicepresidente no es obligatorio en el caso de aquellas formaciones que están integradas únicamente por tres socios.

Del mismo modo, cuando el número de miembros es inferior a diez, adquiere especial relevancia la figura del Administrador único que debe cumplir con los principios expuestos en los estatutos. Es un perfil que hace labores de representación y gestión.

Conclusión

Por tanto, una sociedad cooperativa ofrece ventajas a los socios. Los miembros forman un equipo sólido y resiliente que se fundamenta en principios democráticos. Colaboran para lograr objetivos económicos y se apoyan mutuamente para superar los obstáculos.

Es esencial que las bases del proyecto estén perfectamente definidas desde el principio. La planificación incrementa el éxito del proyecto, alimenta la confianza mutua y reduce el riesgo de que se produzcan desacuerdos.

Ten presente que la cooperativa siempre debe cumplir con los requisitos legales. Por ello, es esencial contar con asesoramiento especializado para aclarar cualquier pregunta.



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