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La Participación Política de las mujeres no comenzó ayer...



Comunicado del OBSERVATORIO VENEZOLANO DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS Mujeres y del CENTRO DE INVESTIGACIÓN SOCIAL, FORMACIÓN Y ESTUDIOS DE LA MUJER CISFEM

Aunque los hombres y la sociedad en su conjunto prefieren pensar que las mujeres siempre hemos sido “ciudadanas de segundo orden” porque han sido ellos quienes han detentado el poder económico y político desde la antigüedad, resulta que a su pesar, las mujeres siempre hemos estado. En 1945 al finalizar la 2da Guerra Mundial se reúnen 50 países para dar origen a la Organización de las Naciones Unidas ONU, en la búsqueda de la paz, la igualdad y la libertad, con la participación de mujeres delegadas de varios países, entre ellas Eleonor Roosevelt quien presidió la Comisión Redactora de la Declaración Universal de los Derechos Humanos del Hombre, quien con el apoyo de las otras mujeres eliminó la palabra “hombre”, porque realmente no incluye a las mujeres sino cuando a ellos les interesa.

El 10 de diciembre de 1948 es aprobada en Asamblea General de las Naciones Unidas el documento denominado “Declaración Universal de los Derechos Humanos” que contiene 30 Derechos, entre otros el N° 2 sobre la No discriminación, el N° 7 que establece que todas las personas tenemos el derecho de participar en el gobierno de nuestro país, el N° 30 que plantea que Nadie puede arrebatarte tus Derechos Humanos.

Esta Declaración Universal marca la pauta para todas las Cartas Magnas o Constituciones de los países, así como para Convenios, Convenciones, Tratados Internacionales y Acuerdos del mundo. En 1979 en aprobada la “Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer” (CEDAW por sus siglas en inglés), está considerada como el documento jurídico más importante contentivo de los Derechos Humanos de las Mujeres, protección que es reforzada en 1994 con la entrada en vigencia de la Convención Belém do Pará “Convención Interamericana sobre la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra la Mujer”, establece el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia.

En Venezuela, la primera Ley sobre La Violencia contra la Mujer y la Familia fue elaborada en 1998 por el anterior Congreso Nacional, siendo reformada por la actual Asamblea Nacional en el 2007 con el nombre de Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que a su vez ha sufrido reformas en el 2021, 2022 y junio del 2023. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela elaborada en 1999 por la Asamblea Nacional Constituyente –Capítulo III- establece entre los Derechos Civiles: la inviolabilidad del derecho a la vida, la libertad, el libre tránsito, las reuniones públicas o privadas, la libertad de opinión y de expresión, etc., etc., etc. En el Capítulo IV sobre Derechos Políticos establece entre otros el derecho a elegir y ser elegidos a cualquier cargo público, incluido el de Presidente o Presidenta.

El estado venezolano como estado signatario de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, 1979) y la Convención Interamericana para Prevenir Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Convención Belém do Pará, 1994), las cuales son ley interna, debe cumplir con sus mandatos, dirigidos a garantizar la participación política de las mujeres en la vida pública, así como a prevenir la violencia política contra éstas y a respetar y proteger con la debida diligencia sus derechos políticos. Venezuela con representación en el Mecanismo de Seguimiento de la Convención Belém do Pará, hasta 2021, participó en la adopción de la Ley Modelo Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en la Vida Política (MESECVI, OEA, 2016), fundamentada en “la preocupación creciente en la región por la violencia contra las mujeres perpetrada en los espacios políticos”; por lo que en ésta se “observó la necesidad de fortalecer la capacidad de los Estados para responder a la violencia, en seguimiento a los mandatos de la Convención”. Así mismo, la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2021), en el art. 65 establece el delito de Violencia Política y sanciona con pena de prisión de tres a ocho años cualquier forma de violencia política hacia las mujeres “que menoscabe o imposibilite el libre ejercicio de la participación política de las mujeres en condiciones de igualdad y equidad en […] organizaciones con fines políticos”.

Por su parte el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer CEDAW de la ONU, en sus Observaciones Finales sobre el noveno informe periódico de la República Bolivariana de Venezuela (mayo, 2023), en lo referente a la Participación en la vida política y pública de las mujeres en condiciones de igualdad, manifiesta su preocupación por “Las informaciones relativas a amenazas, intimidación y violencia contra las mujeres que ocupan cargos públicos, que están expuestas a un clima de temor que las disuade de participar en la vida política y pública” (29.d); recomendando al estado, de acuerdo a su Recomendación General N° 23 sobre la Mujer en la Vida Política y Pública, que promueva la igualdad de representación de las mujeres en el Parlamento y la administración pública, especialmente en los niveles de adopción de decisiones, y que modifique la Ley Orgánica de Procesos Electorales y la Ley de Partidos Políticos para establecer la paridad de género en las estructuras de los partidos políticos y en sus listas electorales, con la aplicación de sanciones en caso de incumplimiento por los partidos políticos, y que adopte medidas para combatir la violencia política contra las mujeres mediante campañas de prevención y la imposición de sanciones a los culpables.

Todo lo históricamente logrado en el ámbito internacional y nacional se ha hecho invisible y violado por el actual régimen desde hace 24 años, las mujeres líderes políticas que aspiran la Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela son víctimas absolutamente de todo lo señalado desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos hasta la prohibición de hecho más no de derecho de aspirar a las más alta magistratura del país, pasando por la desaparición de la Comisión de los Derechos de la Mujer en la Asamblea Nacional bajándola jerárquicamente a ser una sub-comisión, por no hablar de la eliminación del Instituto Metropolitano de la Mujer, 3ero en jerarquía dentro de la estructura institucional nacional para los avances de la mujer, al eliminar por retaliación política el Distrito Metropolitano de Caracas en manos de partidos de oposición al régimen.

En conclusión y para que se entienda claro:

¿Cuál es el verdadero nudo del problema de la violencia política contra las mujeres? 

Venezuela, un país gobernado desde y con violencia, no podía excluir de su discurso y acción política la violencia de género contra las mujeres. Y, especialmente cuando la presencia femenina en la lucha política es autónoma, clara, no violenta y genera un apoyo popular evidente que atemoriza al enemigo, es decir al régimen a todos sus niveles, pero, particularmente, a la cima del poder.

Alguien, dentro de esta cultura patriarcal y violenta, se ha preguntado, ¿qué sentirían los actuales “dueños” del poder si las venezolanas y venezolanos recuperan su condición ciudadana, y eligen a una mujer -ya sea María Corina Machado o Delsa Solórzano- como candidata a la Presidencia de la República de Venezuela? ¿Desplazados y, además, por una mujer? Demasiado bochornoso. Parafraseando a Jean Baudrillard en su texto sobre el significado simbólico del derrumbe terrorista de las torres del World Trade Center[1], la escalada de las mujeres exacerba la voluntad de destruirlas. Es decir, su empoderamiento en la lucha política genera una doble herida. Dolor de macho y dolor político.

Por esta razón las órdenes de atacarlas vienen de los más altos niveles gubernamentales y, para saberlo basta con escuchar sus discursos. Sería muy evidente (más no imposible) el miedo de los atrasados representantes del régimen, tanto en lo político como en lo cultural, inhabilitar también a Delsa Solórzano como ya hicieron con María Corina Machado. Ambas son enemigas por ser mujeres que luchan por los derechos de todas las mujeres y de todos los venezolanos a vivir en Democracia. Así, aunque Enrique Capriles esté inhabilitado él es solamente un riesgo político y, con eso ellos se manejan mejor. Ellas serían cultural y políticamente un bochorno inaceptable.

Doble crimen, doble humillación. Mujeres osadas confrontando a los hombres que gobiernan rodeados de mujeres sumisas, aun cuando sean algunas de ellas las que deciden lo que debe hacerse; pero siempre apareciendo como la segunda de a bordo, como debe ser. Mujeres que dicen tener y tienen el derecho a gobernar el país y reconstruir la democracia que ellos nos arrebataron. Es decir, mujeres confrontando la cultura y el pensamiento político. Demasiado bochorno. Inaceptable.

Lo que están haciendo contra mujeres de partidos políticos que aspiran a la Presidencia de Venezuela actualmente violenta leyes nacionales e internacionales. La discriminación, exclusión e invisibilización de las mujeres dentro de los partidos políticos es de vieja data, su segregación en “Secretarias Femeninas” para que se mantengan “ocupadas” mientras les obstaculizan el acceso a los cargos de elección popular más apetecidos es un problema histórico que no encuentra solución por falta de voluntad política, ni siquiera estando una mujer como presidenta del organismo electoral. Esto se evidencia en que Venezuela aún no tiene una Ley Electoral que garantice la participación y elección paritaria de las mujeres porque no cuenta con la ingeniería electoral que así lo garantice, solo resoluciones sobrevenidas donde los hombres de ambos espectros políticos se han puesto de acuerdo para dejar fuera a las mujeres haciéndoles creer que las toman en cuenta.

Tanto hombres como mujeres son machistas y misóginos porque así fueron educados por una sociedad que ha sido y es estructuralmente sexista. Por eso el rechazo recalcitrante a permitir que las mujeres compitan en igualdad de condiciones a puestos de elección popular, primero muertos que aceptar que una mujer “los mande”, por eso la violencia contra ellas es más virulenta que contra el resto de los candidatos masculinos, porque aun cuando algunos han llevado golpes, no han confrontado la violencia política que el régimen ha ejercido contra las mujeres en contienda por las elecciones presidenciales. Pero, recordemos la frase que decían los poderosos durante la época colonial: la ley se acata, pero no se cumple.

Fuente: Feminismo INC

[1] Baudrillard, Jean y Edgar Morín (2004) La violencia del mundo. Libros del Zorzal, 2° edc., p.15.


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