La norma retira la ejecución anticipada de las sentencias que son impugnadas mediante el recurso de casación y precisado las causales de improcedencia, así como de las notificaciones. Agrega, que son causales para interponer recurso de casación si la sentencia o auto ha sido expedido con inobservancia de alguna de las garantías constitucionales de carácter procesal o material, o con una indebida o errónea aplicación de dichas garantías.