El Trabajo Remoto resulta incompatible con el control de asistencia y pese a no encontrarse sujetos a dicha supervisión los que realizan esta modalidad de prestación de servicios, sí están en la obligación de mantenerse disponibles para coordinaciones laborales durante el horario de trabajo regular. Así lo determinó la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) mediante el Informe Técnico N° 001234-2020-Servir-GPGSC, emitido por la gerencia de políticas de gestión del Servicio Civil al responder la consulta formulada por la oficina de administración de potencial humano de una entidad pública.
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