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Diputados le dio media sanción al proyecto de devolución del IVA para productos de la canasta básica

Este martes la Cámara de Diputados de la Nación dio media sanción al proyecto que crea el programa Compre sin IVA, que busca la devolución del IVA en productos de la canasta básica en compras con tarjeta de débito. El proyecto salió en el recinto con 134 votos a favor y 107 abstenciones, mientras que no hubo votos en contra.

La agenda del martes en la Cámara Baja tenía acordado debatir el proyecto "Compre sin IVA" y la ley de alquileres y otros, pero los acontecimientos nacionales y globales volvieron a determinar una sesión trabada y tensionada, que se demoró en su votación.

De hecho, la sesión casi se cae por falta de quórum: Juntos por el Cambio había anunciado que no daría quórum por su negativa al proyecto que devuelve el IVA; en tanto el Frente de Izquierda había rehusado bajar al recinto, en rechazo al proyecto de GNL. Finalmente, fue la participación del Interbloque Federal y Provincias Unidas lo que terminó evitando que la sesión se cayera.

Una vez comenzada la sesión, los debates de los proyectos fueron interrumpidos por menciones al escándalo de Martín Insaurralde, el conflicto desatado en Israel, el negacionismo sobre el genocidio de la última dictadura y el incremento del dólar informal, producido en parte por el "efecto Milei".

En carácter de miembro informante, el presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda, Carlos Heller, destacó que:

Con la devolución del IVA no hay razón para que los precios se muevan; una medida administrativa de la AFIP, que, por un lado, percibe el impuesto y, por el otro, se lo reintegra a los beneficiarios”.

"Estamos convencidos de que este proyecto es superior a la idea de eximir del IVA a determinados productos, que además de generar problemas en las distintas cadenas de producción y distribución de bienes, no se termina muchas veces, en general, evidenciando en los precios de los productos, que no baja porque se elimine el IVA para esos productos", agregó el legislador oficialista.

Por último, Heller instó a la oposición a acompañar el proyecto:

"Espero que tengamos un amplio acompañamiento, que la oposición entienda los enormes beneficios que este proyecto tiene para la ciudadanía, y que nos acompañen con un amplísimo voto a favor de la propuesta".

JxC terminó unificando postura en la abstención, de modo de evitar los enojos internos que generó el rechazo de la reforma del Impuesto Ganancias hace unas semanas. Así, optó por cuestionar el costo fiscal que tendría la iniciativa, supuestamente "inflacionaria", tal como la describieron.

El proyecto no tuvo ningún voto en contra, y las 107 abstenciones fueron íntegramente de JxC. En tanto, el oficialismo y las demás bancadas votaron a favor e impulsaron la media sanción.

La base de la iniciativa contempla la continuidad de la medida que ya está funcionando por decreto. Ahora el el proyecto pasará al Senado donde, si no se le realizan cambios, se convertirá en Ley y entrará en vigencia desde el 1 de enero de 2024 (el actual decreto tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de este año).

Los detalles del proyecto

¿Quiénes califican?

El programa beneficiará a “más de 20 millones de personas.” Los beneficiarios incluyen “trabajadores y trabajadoras que cobren salarios de hasta $708.000, monotributistas, jubilados y pensionados que perciban hasta seis haberes mínimos, y titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), Tarjeta Alimentar o Potenciar Trabajo.”

Detalles de los beneficiarios

La medida beneficia a más de 2,3 millones de monotributistas “puros”, es decir, que no perciben ningún otro ingreso adicional, 440 mil trabajadoras de Casas Particulares, 7 millones de jubilados, pensionados y 2,5 millones de beneficiarios de la AUH. Además, abarca a 9 millones de trabajadores en relación de dependencia con sueldos inferiores a $708.000.

Rubros incluidos

El programa abarca “todos los rubros de alimentos y bebidas e higiene personal,” según la AFIP. Esto incluye desde frutas, verduras, lácteos, panificados y carnes hasta productos de higiene personal como jabones y papel higiénico.

¿Cuánto se devuelve?

La AFIP establece un “tope mensual por persona de $18.800 (se actualizará de manera periódica), que se identificará según el CUIL o CUIT.” Este monto se acreditará en la cuenta bancaria del contribuyente a las 48 horas de realizada la operación, sin necesidad de realizar trámites adicionales.

El reintegro mensual previsto en el presente Programa no podrá superar el 21% del valor de la Canasta Básica Alimentaria para un hogar tipo 2 (se refiere a una familia de cuatro miembros, con dos adultos y dos menores), vigente en cada mes.

Modalidad de Pago: Restricciones y Excepciones

Las compras solo se podrán realizar mediante tarjetas de débito asociadas a cuentas bancarias. No se aceptarán pagos mediante tarjeta de crédito, transferencia o en efectivo.

Tampoco entran en el programa billeteras virtuales, salvo que permitan incorporar tarjetas de débito a la aplicación, siempre asociada a la cuenta bancaria del usuario. De esa manera, se puede hacer un pago con tarjeta de débito desde el celular. Pero para que el reintegro se concrete es clave recurrir al plástico virtual alojado en la billetera digital y no usar dinero en cuenta.

¿Cómo es el reintegro del IVA?

La AFIP señala que la devolución “se activa de manera automática.” No habrá necesidad de realizar ningún tipo de trámite, lo que facilita el acceso al beneficio. A las 48 horas hábiles, el reintegro estará acreditado.

Productos alcanzados

La Canasta Básica Alimentaria incluye una amplia gama de productos, desde pan y galletitas hasta carnes y legumbres. También se incluyen productos de higiene personal como jabones y papel higiénico.

Combinación con otros beneficios

El programa permite la combinación con promociones bancarias siempre que sean con débito. Esto podría resultar en descuentos adicionales, maximizando el ahorro en cada compra.

Comercios adheridos: dónde comprar

El beneficio se puede utilizar en todos los comercios, supermercados, minimercados, mayoristas, verdulerías, carnicerías y fruterías que estén debidamente registrados en la actividad formal.

Exclusiones

Según la AFIP, quedarán excluidos del programa “los contribuyentes inscriptos ante la AFIP como autónomos o que estén obligados a tributar el impuesto a las Ganancias o a los Bienes Personales.”

¿Cuánto dura el programa?

El decreto que devuelve el IVA está vigente desde el 18 de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2023, pero la ley lo extendería por tiempo indefinido a partir del 1 de enero de 2024.

Impacto fiscal

El esfuerzo fiscal de la iniciativa no afecta la coparticipación, ya que los recursos provienen de la partida presupuestaria asignada a tal efecto por el Ministerio de Economía.

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