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Casación Penal rechazó el pedido de Darío Nieto para anular las pruebas surgidas de su teléfono celular

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó un planteo de la defensa de Darío Nieto, legislador porteño del PRO y exsecretario privado de Mauricio Macri, que había pedido que se declare la nulidad respecto del secuestro y la extracción de información de su teléfono celular en el marco de la causa por el espionaje ilegal durante el gobierno de Cambiemos.

La sala IV del máximo tribunal penal declaró “inadmisible” el planteo tras considerar en “los argumentos de la parte se observa una mera disconformidad con la solución adoptada” por los jueces de la causa.

El planteo formulado por la defensa de Nieto, a cargo del abogado Gervasio Caviglione Fraga, cuestionaba la cadena de custodia del celular del exsecretario privado de Macri y aseguraba que el teléfono “fue manipulado” cuando ya no estaba en manos de su defendido.

El teléfono celular de Nieto fue secuestrado el 25 de junio del 2020 y al día siguiente fue derivado desde la Dirección de Criminalística y Estudios Forenses de Gendarmería Nacional hacia la División Apoyo Tecnológico Judicial de la Policía Federal Argentina para efectuar una copia forense de la información que contenía.

El 29 de junio de 2020, el juez federal de Lomas de Zamora, Federico Villena, encomendó a Gendarmería Nacional una nueva extracción “física” de ese mismo celular. El Poder Judicial y sus funcionarios puestos por el macrismo trabaron lo más posible la investigación sobre el contenido del celular de Nieto.

En diciembre del 2021, Comodoro Py frenó la investigación, prohibiendo al juez Marcelo Martínez de Giorgi enviar parte del contenido del móveil a la causa.

Y en mayo de este año, la 2 de la Cámara Criminal y Correccional Federal, que integran los jueces Eduardo Farah, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens, le devolvió el celular a Nieto.

“En efecto, en los argumentos de la parte se observa una mera disconformidad con la solución adoptada por el a quo, careciendo sus planteos de aptitud suficiente para habilitar esta instancia revisora toda vez que la ausencia de un auténtico caso de naturaleza federal impide someter la decisión recurrida a la Cámara Federal de Casación Penal”, dice el fallo de esta semana.

La defensa de Nieto había remarcado que entre las dos extracciones de información se detectó una diferencia que consistió en la apertura de una ventana de diálogo de la aplicación whatsapp entre los usuarios Darío Nieto y Silvia Majdalani, que se encontraba vacía.

Cuando el planteo de Nieto fue rechazado por Villena y luego por la Cámara Federal de La Plata se indicó que la defensa no había logrado demostrar el agravio y se señaló, además, que de los estudios comparativos de la información surgida en el expediente podía evidenciarse que no existió alteración alguna.

En el fallo de este jueves, los jueces Gustavo Hornos y Javier Carbajo sostuvieron:

“Los planteos concretos en los que la defensa sustenta el recurso interpuesto se basan en una discrepancia con la realidad que arrojan las circunstancias antes evaluadas y que fueron fundadamente valoradas por el a quo”.

La defensa no ha logrado demostrar en su presentación recursiva de qué modo se han visto vulneradas las prescripciones establecidas en nuestra norma fundamental, limitándose a relatar su propia versión de los hechos sin evaluar fehacientemente de qué forma el modo en el que fueron realizados los procedimientos cuestionados importó un perjuicio concreto al encausado”, concluyeron.

En la causa por supuesto espionaje ilegal Nieto fue beneficiado con la falta de mérito toda vez que no surgieron del expediente elementos que permitieran atribuirle responsabilidad en los hechos investigados.


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