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CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD: Actualización de los mismos.





El artículo 9 del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, establece en su artículo 9, punto 4:
  • 4. El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y el catálogo modular de formación profesional se mantendrán permanentemente actualizados mediante su revisión periódica que, en todo caso, deberá efectuarse en un plazo no superior a cinco años a partir de la fecha de inclusión de la cualificación en el catálogo.
Por ello, el INCUAL, lleva, desde hace tiempo, revisando y actualizando las Cualificaciones profesionales en las diferentes familias profesionales.
Hasta el momento se ha actuado en las siguientes familias:
  • CUALIFICACIONES PROFESIONALES: Actualización y/o modificación en familias: MAM, INA, VIC, IMA, FME, SSC, IMP TCP.
  • ACTUALIZACIÓN DE CUALIFICACIONES: IMS, MAP, SEA, ENA, EOC.
  • CUALIFICACIONES PROFESIONALES: Actualizaciones y modificaciones en familias: ELE, ARG, AGA, HOT, IFC.
Asimismo el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los Certificados de profesionalidad, establece en su artículo 7:

  • Artículo 7. Elaboración y actualización de los certificados de profesionalidad.
1. El Servicio Público de Empleo Estatal, con la colaboración de los Centros de Referencia Nacional, elaborará y actualizará los certificados de profesionalidad, que serán aprobados por real decreto, previo informe del Consejo General de Formación Profesional y del Consejo General del Sistema Nacional de Empleo.
2. La elaboración y actualización de los certificados de profesionalidad se llevará a cabo a partir de las cualificaciones incorporadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
3. Siempre que se modifiquen o actualicen las cualificaciones profesionales o unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones incluidas en certificados de profesionalidad, según lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 1128/2003, por el que se regula el Catalogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales, según la redacción dada al mismo por el Real Decreto 1416/2005, de 25 de noviembre, se procederá a la revisión y actualización de los mismos.
4. Las comunidades autónomas y las Organizaciones Empresariales y Sindicales más representativas a nivel nacional podrán proponer, al Servicio Público de Empleo Estatal, nuevos Certificados de Profesionalidad.

Por ello, el SEPE, una vez publicadas las nuevas versiones de las cualificaciones profesionales actualizadas o modificadas, ha puesto en marcha con los Centros de Referencia Nacional de FP, la actualización de los certificados de profesionalidad homónimos.
En concreto, en la familia MAM estamos actuando en los dos CRNFP de la familia en los siguientes certificados de profesionalidad, a actualizar en los próximos meses:
A través del CRNFP PATERNA, los certificados:
  • Fabricación de tapones de corcho
  • Instalación de muebles
  • Aserrado de madera
  • Proyectos de carpintería y mueble
  • Fabricación de objetos de corcho
  • Obtención de chapas, tableros contrachapados y rechapados
  • Fabricación de tableros de partículas y de fibras de madera.

A través de CEMER, los certificados:
  • Acabado de carpintería y mueble
  • Montaje de muebles y elementos de carpintería
  • Aplicación de barnices y lacas en elementos de carpintería y mueble
  • Trabajos de carpintería y mueble







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