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ACUCIAR LA TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS

Sonia Escalante López
Doctora en Derecho

A saber, el 27 de mayo  del año 2015 se publicó la reforma constitucional  que  constituye el Sistema Nacional Anticorrupción.  En el Periodo Extraordinario de la LXII Legislatura, se aprobaron 7 paquetes de legislación secundaria para prevenir y combatir la corrupción, como es la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, la cual establece las  bases de coordinación del Sistema a nivel federal y local, así como las características del Sistema Nacional de Fiscalización y de la Plataforma Digital Nacional. La Ley de Responsabilidades Administrativas, que describe las responsabilidades administrativas y la obligación de los servidores públicos de presentar declaraciones patrimoniales y de conflicto de intereses y fiscal.

Más aún, las reformas a la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, siendo su objetivo el fortalecimiento a la Auditoria Superior de la Federación en el combate de la corrupción, la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que crea el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, como órgano jurisdiccional con autonomía para emitir sus fallos y con jurisdicción plena, la ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Que establece la Fiscalía Especializada de Combate a la Corrupción como órgano autónomo para investigar y perseguir actos de corrupción. Reformas al Código Penal Federal, que señala las sanciones que serán acreditables a quienes cometan actos de corrupción (servidores Públicos y particulares) la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que fortalece a la Secretaría de la Función Pública para la prevención y el combate de la corrupción.

El objetivo del Sistema es el fortalecimiento de las instituciones y prevenir y castigar a los servidores públicos que realicen cualquier acto contrario a la legalidad, pero además de que el Sistema esté integrado por ciudadanos con alta representación moral.

Inclusive, con el Sistema se da un paso para que la política nacional cumpla con las exigencias de los ciudadanos, para que gobierno y sociedad sean los garantes de que los recursos públicos no sean desviados a otros  asuntos sino que sean canalizados a las instituciones que se requieran pero que sobre todo sean destinados  como lo marca  el presupuesto de egresos.

De ahí que, en Sinaloa se ha dado el primer paso el  7 de Febrero pasado se aprobó la reforma a la constitución local a la luz de las reformas federales, quedando pendiente las reformas de las leyes que de ella emanan y que se requieren para el combate a la corrupción, los tiempos modernos y el [d]espertar de la sociedad a obligado a crear estas leyes para la prevención del blanqueo de capitales y corrupción.

Ahora bien, en los últimos días el nombre de  un político de Sinaloa esta en algunos diarios internacionales, señalando que una jueza solicitó a México información desde hace un año, sobre una cuenta de 6 millones de dólares en un banco de Andorra y es investigado por blanqueo de capitales en ese paraíso fiscal ( según el periódico el País) de antemano no podemos juzgar ni tampoco que paguen justos por pecadores, porque le asiste el principio de presunción de inocencia hasta que no se demuestre lo contrario por un juez de la causa.

Como es obvio, que esto sirva de reflexión para aquellos que con su mal comportamiento durante algunos años han lastimado a los mexicanos con el actuar de la concentración de poder y la riqueza de los [a]ztecas en unas pocas familias.

Se advierte que, con el Sistema Estatal Anticorrupción se vaticina la transparencia y rendición de cuentas, con ello México entra a la nueva era de la transparencia de los recursos públicos, ahora las leyes además de señalar la vigilancia ordena severas  sanciones para aquellos funcionarios que desvíen los recursos hacia otras causas, incluso describe la creación de la fiscalía anticorrupción, la cual considero que será la  bandera de la transparencia en nuestro país.

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