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Conoce tus derechos ante una auditoría

Es importante que estés preparado y conozcas un poco al respecto; una visita domiciliaria del SAT debe proseguir algunos lineamientos, lo que te resguarda frente a la eventualidad de posibles arbitrariedades de la autoridad fiscal.

  • En el portal del SAT hay un documento en que se establece que el impositor está en su derecho a lo siguiente:
  • Ser informado de tus derechos y obligaciones al empezar el acto de comprobación.
  • Que se te haga entrega de la Carta los de Derechos del Impositor Auditado.
  • Una vez iniciada la revisión, y hasta el momento en que se te notifique la resolución de exactamente la misma, estás en tu derecho a corregir tu situación fiscal presentando la declaración normal o bien complementaria.

  • En el caso de abonar una vez iniciada la comprobación, mas ya antes de avisarse el acta final, te impondrán una multa del veinte por ciento sobre las contribuciones omitidas. En el caso de abonar después de notificada el acta final, mas ya antes de la notificación de liquidación, la multa va a ser del treinta por ciento.
  • Se puede abonar a plazos, en hasta treinta y seis pagps, o bien de forma aplazada en no más de doce meses, toda vez que se garantice el interés fiscal.
  • Dar por terminada la visita domiciliaria cuando la autoridad juzgue que el impositor se puso al tanto con sus obligaciones. Para esto deben haber pasado cuando menos 3 meses desde el principio de la comprobación.
  • Recibir un oficio de la autoridad fiscal luego de que ésta haya recibido tu declaración de corrección fiscal.
  • Si no te pusiste al corriente completamente, la autoridad emitirá una resolución que contenga lo que hace falta.
  • La autoridad fiscal tiene hasta 6 meses para determinar el monto del adeudo. Si no lo hace en ese plazo se estimará que no hay tal.
  • Una vez fijado un adeudo, la autoridad no podrá agregar nuevos adeudos con base en exactamente los mismos hechos.
  • Puedes solicitar la intervención de la Prodecon mediante un pacto conclusivo.

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