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Advierte Canaco, que los comercios deben entregar facturas o enfrentarán multas del SAT

El síndico del SAT en la Cámara de Comercio, Jorge Miguel Hernández Hernández, exhortó a los mercaderes a mandar las facturas electrónicas a fin de evitarse sanciones económicas elevadas o bien, en el caso de reincidencia, el cierre temporal de su negocio.

Y es que de forma sorpresiva, personal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la urbe de Córdoba efectúa un “barrido” de calles para comprobar qué negocios no entregan una factura por lo mínimo que esta sea.

Afirmó que desgraciadamente, los mercaderes que no están afiliados a la Canaco son quienes más inconvenientes padecen de esta clase, puesto que a la data, ninguno de los agremiados ha reportado que les hayan clausurado o bien multado por infringir con esta obligación fiscal.

“No hemos tenido acercamiento de ningún comercio para quejarse de esas situaciones, se hacen campañas y hacemos hincapié de que todos los precios deben incluir IVA y de cumplir con el derecho de facturar. En lo personal yo atendí hace tiempo un caso, una persona del SAT llegó a una tienda y la encargada que no está capacitada no le ofreció factura y se hizo acreedor a una multa de 11 mil pesos, y eso sucede en los “barridos” de calles que aplican en los comercios organizados a regularizarse”.

Admitió que un establecimiento puede ser clausurado por infringir con sus obligaciones y si levantas un negocio en diez mil pesos y te sancionan con once mil, puesto que de dónde sacas ese dinero.

Expuso que no tienen la confirmación de los comercios no afiliados de cuántos casos pudiesen darse de alta de Sanciones o bien multas, mas llamó a que quien llegue a adquirir algún producto se le ofrezca la factura a fin de que verifique gastos y no se produzcan sanciones económicas bastante difíciles de abonar.

Y es que sin aviso alguno personal de la Administración de Auditoría Fiscal de Córdoba visita los establecimientos y verifican que no expiden los comprobantes fiscales digitales.

Las primeras sanciones contemplan un periodo de 3 días al negocio, les ponen sellos con la historia legendaria de clausurado y abajo un oficio que a la letra dice: Por no expedir, o por no hacer entrega o bien no poner a predisposición de los clientes del servicio facturas electrónicas, o bien expedirlas sin que cumplan con requisitos fiscales.

La acción se fundamenta con arreglo al artículo veintinueve del código fiscal de la Federación todos y cada uno de los impositores tienen la obligación de producir factura electrónica.

Conforme con el código, los impositores que expidan comprobantes sin los requisitos fiscales van a recibir sanciones de multa de entre once mil a diecinueve mil pesos.

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