Get Even More Visitors To Your Blog, Upgrade To A Business Listing >>

En trece días el SAT va a devolver a los gasolineros IEPS

Después de que los Gasolineros ingresen su Formato Electrónico de Devoluciones en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT), este va a tener trece días hábiles para devolverles el Impuesto Singular sobre Producción y Servicios (IEPS) pertinente.

Para lo precedente va a ser preciso que tengan actual su e firma y cuenten con una opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales.

En la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para el Dos Mil Diecisiete, que publicó el SAT, se detalla que para tener acceso al estímulo IEPS frontera-gasolinas la cantidad que se pida debe ser generada en el ejercicio fiscal del dos mil diecisiete y se va a dar tras aplicarse el pago temporal o bien anual del Impuesto sobre la Renta (ISR) o bien terminante del Impuesto al Valor Agregado (Impuesto sobre el Valor Agregado) a cargo, y se gestionará una vez presentadas las declaraciones pertinentes a dichos impuestos.

Es esencial resaltar que a fin de que se haga esta devolución los gasolineros deberán presentar su Declaración Informativa de Operaciones con Terceros, respecto del mismo periodo por el que se Pida la devolución.

Además de esto, deberán presentar al SAT una serie de anejos, entre aquéllos que destacan: el papel de trabajo para determinar el monto del estímulo acreditable y el sobrante que se pida en devolución como un estado de cuenta expedido por una corporación financiera

El SAT notificó que este beneficio no va a poder ser aplicado por impositores que, al instante de presentar su petición, estén publicados en el portal del organismo recaudador bajo los términos del artículo sesenta y nueve, esto es, que estén en la lista de quienes podrían estar simulando operaciones.

Además, tampoco procederá cuando los comprobantes fiscales por los que se pida la devolución sean considerados por el fisco como apócrifos y que estén sin efecto. Se puede destacar que esta situación va a poder mudar cuando el impositor se corrija o bien aclare su situación fiscal.

Otra razón por la que la autoridad fiscal puede negar este beneficio es que en doce meses precedentes al periodo en que se pida la devolución, el impositor tenga resoluciones firmes en las que se hayan negado total o bien parcialmente las devoluciones como en las que el importe negado amontonado en esos meses sea superior a cinco millones de pesos o bien sobrepase más de veinte por ciento del monto que ha sido acumulado de dichas cantidades.

La entrada En trece días el SAT va a devolver a los gasolineros IEPS aparece primero en SAT.



This post first appeared on Todo Sobre SAT, please read the originial post: here

Share the post

En trece días el SAT va a devolver a los gasolineros IEPS

×

Subscribe to Todo Sobre Sat

Get updates delivered right to your inbox!

Thank you for your subscription

×