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La demolición del Acueducto de Las Cumbres: el mayor atentado contra el Patrimonio Histórico Andaluz de la Cultura del Agua

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La Demolición Del Acueducto De Las Cumbres: El Mayor Atentado Contra El Patrimonio Histórico Andaluz De La Cultura Del Agua

La Plataforma en Defensa del Canal de San Indalecio y la Cultura del Agua acusa al Alcalde de no proceder conforme a Derecho para servir los intereses de la empresa constructora



ALMERÍA.- La Plataforma en Defensa del Canal de San Indalecio y la Cultura del Agua considera que la demolición del Acueducto de Las Cumbres es "el mayor atentado contra el Patrimonio Histórico Andaluz de la Cultura del Agua" y acusa al alcalde de Huércal de Almería, Ismael Torres, de "no proceder conforme a Derecho para servir los intereses de la empresa constructora".


Nota de prensa

El pasado día 26 la promotora de la urbanización Alba derribó impunemente el tramo del Acueducto de Las Cumbres dentro del ámbito de actuación de su operación inmobiliaria. Ha sido, sin ningún género de dudas, uno de los mayores atentados -si no el mayor- contra el Patrimonio Histórico Andaluz de la Cultura del Agua de los últimos años. Una barbarie para la que no encontramos calificativos apropiados.


La Plataforma en Defensa de la Cultura del Agua y del Canal de San Indalecio ha intentado hasta el último momento paralizar esta aberración en ciernes ya ejecutada.  Por eso el 21 de julio registró un Recurso de Reposición dirigido al Alcalde de Huércal, don Ismael Torres, en el que expresamente le solicitamos >.


Confiábamos que ante las poderosas razones que le ofrecíamos y la escasa afección al Proyecto, decretaría la paralización de la demolición del Acueducto. La mencionada promotora lleva unos 15 años el Proyecto. Ahora, simplemente se le pedía al Sr. Torres que, en una o dos semanas resolviese, como está obligado por Ley, la solicitud de suspensión que le formulamos. Se trataba de una insignificancia de tiempo. La Plataforma ha ofrecido en el Recurso de Reposición argumentos, indicios y evidencias que, en su opinión, avalan la nulidad de pleno derecho del Proyecto de Urbanización y justificaban la medida. El Sr. Alcalde podría haber accedido a la realización de las restantes obras de urbanización, el 95% del proyecto, y haber paralizado la demolición del Acueducto. Era su obligación, estaba en sus manos y sin embargo, sin que sepamos sus motivos, lo ha permitido. Pedíamos la suspensión de solo esa pequeñísima parte del proyecto. La empresa podría estar ejecutando durante esa semana o poco más el restante 95% de las obras pendientes.


Sin negar la ejecutividad de los actos administrativos, tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal Constitucional son contundentes en estos casos en los que, no siendo firme el acto administrativo, está en juego la posible vulneración del derecho fundamental a la Tutela Judicial Efectiva:> (Sentencia del Tribunal Constitucional 78/1996, de 20 de mayo de 1996).


Es radicalmente incierto como ha declarado el Sr. Torres que de haber estimado la suspensión del Proyecto y aceptado la medida cautelar en lo que se refería al Acueducto hubiese . Más aún, con su ha vulnerado gravemente nuestro derecho a la Tutela Judicial Efectiva.  De nada sirve responsabilizar a otros en el pasado cuando estamos hablando de algo tan concreto como haber esperado un par de semanas a lo sumo para responder motivadamente al Recurso de Reposición. Después de más de 15 años de demoras, incumplimientos y desplantes de la constructora, la Junta de Gobierno del Ayuntamiento le ha aprobado el Proyecto de Urbanización, como la empresa exigía, por la vía de urgencia. Esperar esa semana para intentar salvar El Acueducto no representaba gran cosa.


Esto, sinceramente huele mal, la lógica y el Derecho requerían que el Alcalde hubiese resuelto sobre la paralización de la ejecución de esa pequeña parte del Proyecto, la que afectaba a la obra hídrica, hasta que acordase, previo informe del Sr. Secretario Municipal, si procedía o no la suspensión. El Sr. Torres, alejado del Ordenamiento Jurídico, vulnerando un derecho constitucional y desconocemos si asesorado por los Servicios Jurídicos del Consistorio, ha seguido una lógica de la que tristemente hay innumerables ejemplos en los anales de la corrupción urbanística de España.


Esperemos que si finalmente los tribunales de lo contencioso administrativo nos dan la razón y certifican la ilegalidad del Proyecto de Urbanización, el Sr. Torres, por decencia y dignidad, dimita y salga del mundo de la Política. Lo recordaremos, desgraciadamente, como el Alcalde que permitió la demolición del Acueducto de Las Cumbres.


La Plataforma en Defensa del Canal de San Indalecio y la Cultura del Agua’ se constituyó en marzo con el objetivo de blindar la protección integral de los 46 elementos del patrimonio hidráulico que fueron inscritos de forma colectiva en el Catálogo General de Patrimonio Histórico Andaluz (Orden de 29 de mayo de 2015, BOJA n° 107 de 5/VI/2015) y evitar así desprotecciones o destrucciones como las que amenazaba  al  "Acueducto de las Cumbres" deHuércal de Almería, que finalmente ha sido destruido. Está constituida por Amigos de la Alcazaba, Vecinos Huércal de Almería, Ecologistas en Acción,  Asociación de Vecinos la Palmera,  Grupo Ecologista Mediterráneo y Acuíferos Vivos.


@Teleprensa.com



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