13 de diciembre de 2017.- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) a través de la Sala Constitucional, con ponencia de su presidente, magistrado Juan José Mendoza Jover, estableció con carácter ex nunc –desde ahora- el régimen de lactancia materna con alimentación complementaria en las jornadas laborales. La sentencia Nº 991 establece conforme a la potestad otorgada en el artículo 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, con carácter vinculante que, una vez concluido el descanso post natal, la madre lactante podrá solicitar licencia para la alimentación complementaria,