Por: Juan Domingo Vega Fernandez (Abogado - Laboral, SST y litigación oral)
El 12/07/2022 se ha publicado en El Peruano la CASACIÓN LABORAL N° 24954-2018 LIMA, en la cual encontramos un criterio totalmente contrapuesto: “es obligación del empleador supervisar constantemente las labores de sus trabajadores para así evitar cualquier accidente de trabajo, por ende la imputación de la responsabilidad a la demandada se sustenta en la culpa inexcusable” (considerando décimo noveno de la resolución).