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COVID-19: Protocolo de acción para el Sector Productivo de la provincia de Santa Fe

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Compartimos el documento «Disposiciones y protocolo de acción para el Sector Productivo de la provincia de Santa Fe» elaborado por el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Santa Fe. La información oficial sobre el mismo puede ser consultada en este enlace.

El Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología informa las disposiciones y el protocolo de acción para el sector productivo de la provincia de Santa Fe en el marco del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” dispuesto por D.N.U. Nº 297/2020 para la prevención del Coronavirus (COVID-19).

Agroalimentos

  • Reforzar la limpieza y desinfección de equipos y oficinas.
  • Garantizar la disposición de jabón, alcohol en gel, toallas de papel y otros insumos higiénicos.
  • Adecuar procesos para poder tomar medidas de prevención
  • No compartir la cabina de la cosechadora ni del tractor
  • Realizar de manera digital los trámites que dispongan de esa posibilidad.
  • Coordinar ingresos y egresos de los camiones para evitar congestiones.
  • Restringir al mínimo posible las visitas veterinarias, priorizando consultas a distancia.

Industria Alimenticia

  • Controlar que la temperatura de los operarios sea inferior a 38°C
  • Proveer elementos de protección (barbijo y mameluco) y desecharlos al terminar la jornada.
  • Evitar viajes interplantas y visitas de terceros. Utilizar medios virtuales para reuniones de trabajo.
  • Corroborar la habilitación requerida por SENASA para los camiones que circulan por la ruta
  • Asegurar la higiene y protección de los choferes.
  • Priorizar la carga\descarga del camión para disminuir la permanencia en el establecimiento.

Transporte de pasajeros

  • Se suspenderán los servicios interurbanos de jurisdicción provincial desde las 0 hs. del 20 de marzo hasta las 24 hs. del 31 de marzo de 2020.
  • El sistema de transporte público funcionará únicamente para los exceptuados de cumplir con la normativa de aislamiento obligatorio

Transporte de cargas

Quedan exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, las personas afectadas a las siguientes actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia:

  • Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
  • Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
  • Transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
  • Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
  • Servicios postales y de distribución de paquetería.

Comercio y servicios

Quedan exceptuadas del cumplimiento del cierre por “aislamiento social, preventivo y obligatorio” los siguientes locales comerciales:

  • Supermercados mayoristas y minoristas
  • Comercios minoristas de proximidad.
  • Farmacias.
  • Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos de higiene personal y limpieza
  • Cabe señalar que sólo se podrá circular para realizar compras de alimentos, medicamentos y productos de primera necesidad.

Se recuerda que los medios para denunciar desabastecimientos o sobreprecios son:
– vía web: www.santafe.gob.ar/precios-santafesinos/coronavirus
– o bien telefónicamente al 0800-555-6768 – Opción 3

Comercio Exterior

Quedan exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” las siguientes actividades vinculadas con el comercio exterior siempre que se encuentre justificada su impostergabilidad:

  • Aquellas que contemplen productos perecederos, como carnes, frutas, productos frescos, entre otros de similares características
  • El comercio de remedios, insumos para la industria de la alimentación o insumos con efectos sanitarios, especialmente los necesarios para la atención de la pandemia.

La Aduana se encontrará en Asueto Administrativo hasta el 31 de marzo, por lo que los operadores deberán solicitar servicio extraordinario.

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