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4 de mayo, apertura de comercios, Fase 0

En el ámbito del comercio minorista y de prestación de servicios, se autoriza la apertura de los locales inferiores a 400 metros cuadrados, siempre que cumplan una serie de condiciones:

1. Cita previa. Un Cliente por un trabajador. No se puede esperar dentro del local.
2. Atención al cliente con separación física, si no es posible, es obligatorio instalar mamparas o mostradores de separación.
3. Horario de atención preferente para personas mayores de 65 años, que deberá ser el mismo que el que tienen para realizar los paseos, de 10:00 a 12:00 y de 19:00 a 20:00 horas.

Los locales autorizados a su apertura, también están autorizados para que los clientes recojan en sus establecimientos los productos adquiridos, con una recogida escalonada para evitar aglomeraciones dentro del establecimiento.

Los desplazamientos a estos establecimientos solo podrán realizarse dentro del municipio donde se resida, excepto cuando el producto o servicio no se encuentre en dicho municipio.

Los centros comerciales seguirán cerrados.

Los establecimientos que abran al público, deberán realizar dos veces al día una limpieza y desinfección de sus instalaciones, limpiando preferentemente los pomos de las puertas, mostradores, muebles, pasamanos, máquinas dispensadoras, suelos, teléfonos, perchas, carros y cestas, grifos y cualquier otro elemento, de acuerdo a las siguientes pautas:

a) Limpieza obligatoria antes de cerrar el establecimiento.
b) Desinfectantes como diluciones de lejía (1:50) o cualquiera de los desinfectantes que se pueden adquirir en el mercado.
c) Tirar los EPI´s utilizados de forma segura y lavado de manos.

La segunda limpieza se realizará al mediodía.

En cada cambio de turno deberá desinfectarse y limpiarse los puestos de trabajo, limpiando preferentemente, mostradores, mamparas, teclados, terminales de pago, pantallas táctiles, herramientas de trabajo y cualquier elemento que haya podido ser manipulado.

En el caso de que en el local vaya a permanecer más de un trabajador, deberá también limpiarse los vestuarios, taquillas, aseos, cocinas y áreas de descanso.

Deberán limpiarse y desinfectarse todos los días la ropa de trabajo. Si no se utiliza ropa de trabajo, la ropa que use el personal que esté en contacto con los clientes, también deberá ser limpiada y desinfectada diariamente.

Está prohibido que los aseos sean utilizados por los clientes, salvo si es necesario y en el caso de su uso, deberá inmediatamente ser limpiados los grifos, sanitarios y pomos de la puerta.

Los establecimientos deberán disponer de papeleras con pedal y tapa que serán limpiadas una vez al día.

Los trabajadores que se encuentren en aislamiento domiciliario como portadores o posibles portadores del Covid-19 o que estén en cuarentena por haber tenido contacto con alguna persona portadora del virus, no deben incorporarse a su puesto de trabajo.

Todos los trabajadores deberán disponer de EPI´s, geles hidroalcohólicos o agua y jabón.

Es obligatorio que los trabajadores usen mascarillas cuando no pueda existir una distancia de como mínimo dos metros entre trabajador y cliente o entre los propios trabajadores.

Sustituir fichar mediante huella dactilar, que deberá ser sustituido por otro método de fichaje. En el caso de que se mantenga el fichaje por huella dactilar, el aparato deberá ser limpiado tras cada uso.

La distancia mínima que hay que mantener entre el trabajador del establecimiento y el cliente es como mínimo de dos metros, en el caso de que existan elementos de protección como barreras, será de un metro. También deberá mantenerse esta distancia mínima de dos metros entre los trabajadores en las zonas comunes de los mismos.

Cada trabajador deberá atender como máximo a un cliente a la vez.

En la entrada al local, deberá disponerse de geles hidroalcohólicos para uso de los clientes.

Prohibido tener productos de prueba a disposición de los clientes.

En los locales de autoservicio, deberá ser un trabajador el que preste el servicio, para evitar que los clientes toquen y manipulen los productos.

En los locales comerciales que vendan prendas textiles o arreglen ropa, cada probador sólo podrá ser utilizado por una persona, siendo limpiados y desinfectados después de cada uso. En estos locales, cuando un cliente se prueba una prenda que finalmente no se lleve, dicha prenda deberá se desinfectada y limpiada antes de que vuelva a estar a disposición de otro cliente.

El sector de hostelería y restauración, podrá seguir abriendo para servir comida a domicilio o para que el cliente pueda recoger dicha comida en el establecimiento, siempre que se respeten las medidas de higiene, prevención y aforo. Está prohibido el consumo en el establecimiento. Cuando se decida abrir el local para la recogida, los pedidos deberán realizarse por teléfono o internet y tener establecido un horario de recogida. El establecimiento debe de disponer de un espacio delimitado y señalizado para la recogida y pago de los productos, si no existiera espacio para la separación, es obligatorio disponer de mamparas o mostradores de separación. Si se dispone de la posibilidad de realizar el pedido y la recogida desde el propio vehículo se está autorizado a su realización. Los establecimientos sólo podrán estar abiertos al público en el horario de recogida de productos. 

El resto de requisitos relacionados con los trabajadores y limpieza de los locales, serán los mismos que para el comercio minorista.



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